ITE en Barcelona: inspección técnica de edificios
Si tu edificio tiene 45 años o más, la ITE es obligatoria en Cataluña. La hacemos con calma, te decimos qué sale y qué cuesta arreglarlo, y tramitamos el certificado de aptitud. Desde 490 € + IVA.
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Por qué has acabado en esta página
Casi nadie llega aquí por curiosidad. Llega porque ha pasado una de estas cinco cosas: ha llegado la carta de la Agència de l'Habitatge; el edificio ha cumplido 45 años; hay una venta parada en la notaría por falta del certificado de aptitud; se quiere pedir una subvención de rehabilitación y la ITE es el peaje; o se ha caído un trozo de cornisa.
La ITE es una inspección visual del edificio completo, hecha por técnico colegiado en el portal generador oficial. Con el informe presentado, la Agència de l'Habitatge de Catalunya emite el certificado de aptitud. La regula el Decret 67/2015, norma autonómica: no la exige el Ayuntamiento de Barcelona, por mucho que lo repita media web del sector. Y no tiene tasas.
Hacemos inspección, informe, visado y tramitación, y entregamos lo que casi nadie entrega: el cuadro con las fechas que habrá que cumplir después. No somos una empresa de fachadas que usa la ITE como puerta de entrada a una obra: si el edificio está bien, lo escribimos y el encargo acaba ahí.
La ITE no es la ITV del edificio: no hay aprobado ni suspenso, hay un certificado que dura diez, seis o tres años.
Cuándo le toca a tu edificio, por año de construcción
Es el programa de inspecciones del Anexo 1 del Decret 67/2015. La antigüedad se toma del año que consta en el Catastro. Todos los plazos por cohortes están vencidos: en 2026 la única regla viva es la de los 45 años, que alcanza a los edificios de 1981 y anteriores. Apunte de oficio: el Anexo 1 dice «a partir de 1971» y «1975», y la ficha de Gencat lo redacta como 1972 y 1976.
| Plurifamiliar · hasta 1950Sin informe presentado, lleva años expuesto a sanción | Plazo vencido |
|---|---|
| Plurifamiliar · 1951 a 1960Buena parte de la primera periferia de Barcelona | 31/12/2015 |
| Plurifamiliar · 1961 a 1971La década del bloque masivo, y la del cemento aluminoso | 31/12/2016 |
| Plurifamiliar · desde 1972En 2026 entran los construidos en 1981 | Al cumplir 45 años |
| Unifamiliar · anterior a 1900Solo si está a menos de 1,5 m de la vía pública o de las fincas vecinas | 31/12/2016 |
| Unifamiliar · 1901 a 1930Las construcciones auxiliares no cuentan para medir esa distancia | 31/12/2017 |
| Unifamiliar · 1931 a 1950Con cédula vigente, se aplaza hasta que caduque la cédula | 31/12/2018 |
| Unifamiliar · 1951 a 1960Mismo aplazamiento por cédula vigente | 31/12/2019 |
| Unifamiliar · 1961 a 1975El tramo que más requerimientos está recibiendo | 31/12/2020 |
| Unifamiliar · desde 1976Al cumplir 45 años, con las mismas excepciones | Al cumplir 45 años |
Las excepciones reales y el reloj que se reinicia
Están obligados los edificios donde exista uso de vivienda, aunque tengan otros usos: uno con locales abajo y pisos arriba, sí; uno íntegramente de oficinas, no. Y atención al vocabulario, porque de ahí sale el precio: se cuenta por entidades —viviendas, estudios, apartamentos y locales—, no por viviendas. Trasteros y aparcamientos no computan. Una finca de 8 viviendas con 4 locales son 12 entidades.
Hay dos salidas, un aplazamiento y un reinicio. Quedan fuera los unifamiliares cuya edificación principal esté separada 1,5 m o más de la vía pública, de zonas de uso público y de las fincas vecinas, y los edificios con expediente de ruina iniciado. Se aplaza con cédula vigente. Y el reloj vuelve a cero tras una rehabilitación integral con licencia de primera ocupación.
También existe el camino contrario: aunque el edificio no tenga 45 años, si la Administración constata deficiencias puede exigir la inspección por requerimiento motivado. Paga la propiedad, y la FAQ oficial lo remata sin anestesia: la falta de recursos no exime.
Grados de deficiencia, plazos y consecuencias
Esta tabla decide todo lo que viene después. Con una advertencia que casi nadie hace: el Decret no fija plazos generales de reparación; solo exige plazo orientativo en graves y muy graves, y a cambio impone verificaciones periódicas. Y un detalle que se le escapa a todo el mundo: la vigencia se cuenta desde la emisión del informe, no desde el certificado. Emitir en diciembre y presentar en abril te come cuatro meses.
| Sin deficiencias o levesMantenimiento preventivo o corrector. La propiedad ya acredita el deber de conservación y las obras no son obligación derivada de la ITE | Apto · 10 años |
|---|---|
| ImportantesSin riesgo inminente, pero con pérdida gradual de prestaciones que no puede dejarse en manos del mantenimiento. Verificación cada 2 años y programa en 1 año | Apto provisional · 6 años |
| GravesRiesgo inminente para determinados elementos. Primero cautelares inmediatas, después obras. Verificación cada 12 meses y programa en 6 meses | Apto cautelarmente · 3 años |
| Muy gravesRiesgo inminente y generalizado. Intervención inmediata, que puede llegar al desalojo o a la ruina. Mismo régimen que las graves | Apto cautelarmente · 3 años |
| Graves o muy graves sin cautelares ejecutadasEl único supuesto en que la Administración deniega. Y no se arregla con un certificado final de obra — hace falta un informe de ITE nuevo | Resolución denegatoria |
| Apto provisional o cautelarLa letra pequeña que cambia los litigios: con estos dos certificados NO se acredita el deber de conservación hasta que se ejecutan las obras (art. 12.3) | No acredita conservación |
Cómo funciona
Comprobación previa
Antigüedad en el Catastro, si ya hay ITE presentada y cuándo caduca el certificado vigente. No lo cobramos.
Inspección
Edificio completo — estructura, fachadas, medianeras, patios, cubierta e instalaciones comunes. Es visual, y hay que acceder a zonas privativas.
Informe en el portal oficial
Con la calificación de cada deficiencia, el plan de mantenimiento y la accesibilidad. Si hay deficiencias graves, se comunica de inmediato a la propiedad y al Ayuntamiento.
Visado y presentación
Visado con validación de idoneidad, que da fecha cierta de emisión, y solicitud del certificado dentro de los 4 meses.
Certificado y vencimientos
La Administración resuelve en 3 meses, con silencio positivo. Te entregamos el certificado y el calendario de lo que viene después.
La ITE ha salido desfavorable. ¿Y ahora?
Primero, una aclaración que ahorra sustos: «desfavorable» no es una categoría legal. La aplicación oficial marca ese estado en cuanto hay una sola deficiencia importante, grave o muy grave; lo que decide las consecuencias es la calificación de cada una. Y hay que solicitar el certificado igualmente: solo se deniega si hay graves o muy graves con las cautelares sin ejecutar.
Segundo, qué obras son obligatorias: las que subsanan deficiencias importantes, graves o muy graves, porque hasta que se ejecuten no se acredita el deber de conservación. Las leves y las recomendaciones de accesibilidad y sostenibilidad no obligan, aunque haya quien las venda como imposición legal.
Tercero, el calendario que nadie explica en la junta: hay que aprobar un programa de rehabilitación en 1 año, o en 6 meses si hay graves o muy graves, con un fondo de reserva específico votado. No es un presupuesto de obra: son prioridades, costes orientativos y fases. Ahí hacemos la parte incómoda — decidir qué es urgente y qué se agrupa en una sola actuación de rehabilitación, para no montar el andamio dos veces.
Desfavorable no significa que te denieguen el certificado: significa que empieza a correr el reloj.
Qué cuesta arreglar lo que la ITE destapa
Es el hueco más grande del sector: hay páginas enteras sobre el coste de las obras posteriores a una ITE que no publican una sola cifra. Publicamos las verificables, y también lo que no existe: no hay ninguna tabla pública fiable por tipo de deficiencia en Barcelona. Esto son órdenes de magnitud del mercado a agosto de 2026, no un presupuesto.
| Rehabilitación de fachadaLa partida que sale en casi todas las ITE desfavorables de Barcelona | 60-90 €/m² |
|---|---|
| AndamioSe paga dos veces, montaje y alquiler mensual. Por eso conviene agrupar fachada y cubierta | 8-19 €/m² + 2-5 €/m² al mes |
| Aislamiento por el exterior (SATE)Caso tipo de edificio pequeño. Es lo que desbloquea los tramos altos de subvención | 6.500-9.500 € |
| Lo que dispara el precio aquíOcupación de vía pública, seguridad, ensayos, proyecto y trabajos en altura. Por eso dos presupuestos por m² no son comparables | Según edificio |
| Derrama orientativa por viviendaEjemplo aritmético, no presupuesto: 600 m² de fachada a 60-90 €/m² en una finca de 12 entidades | 3.000-4.500 € por vivienda |
| Quién te da estas cifrasNo tenemos constructora ni cobramos comisión de ninguna: quien te firma la ITE no te vende después la obra de subsanación, así que el informe no tiene ningún incentivo para engordar deficiencias | Sin conflicto de interés |
| Honorarios de la ITELa parte más barata del expediente, y la única que evita la sanción | Desde 490 € |
La carta de los 9.000 € y qué hay detrás
Si ha llegado una carta de la Agència de l'Habitatge avisando de una sanción de 9.000 €, dos cosas. La tranquilizadora la dice la FAQ oficial: es un aviso, no una notificación de sanción, y no hay que pagar nada. La otra no lo es tanto: significa que el plazo ya venció. Y el envío es escalonado, así que quien no la ha recibido tampoco puede esperar sentado.
Los importes, con su artículo. No disponer del informe cuando es exigible es infracción grave (art. 124.1.g de la Llei 18/2007), de 9.001 a 90.000 €. El art. 118.4 permite sancionarla, motivándolo, en el tramo de las leves —3.000 a 9.000 €—: de ahí sale la cifra de la carta. El art. 118.7 prevé condonar hasta el 80 % si se repara, y el art. 6 del Decret añade posibles multas coercitivas. Las graves prescriben a los 3 años. Un escalón más arriba, incumplir el deber de conservación con riesgo para las personas o una orden de ejecución municipal es muy grave: de 90.001 a 900.000 €.
Lo que no vamos a decirte es si se sanciona mucho o poco: no hay estadística pública de expedientes incoados. Sí es dato que firmar un informe inexacto para obtener un certificado favorable es infracción muy grave para el técnico. Por eso ningún presupuesto barato compra un informe complaciente.
Sin ITE no hay subvención
En Barcelona la ITE no es solo una obligación: es la llave del dinero. Los ajuts del Consorci de l'Habitatge exigen disponer del informe antes de solicitar, y el programa del Libro del Edificio, tenerla aprobada o admitida a trámite. Si el edificio va a entrar en obra, conviene planificar la ITE, el Libro del Edificio y el proyecto de rehabilitación como un solo calendario.
| Requisito de entradaInforme de ITE y certificado, o resguardo de la solicitud presentada. Sin eso no se admite | IITE antes de solicitar |
|---|---|
| Subvención del 40 %Si la actuación reduce al menos un 30 % la energía primaria no renovable | máx. 6.300 €/vivienda |
| Subvención del 65 %Reducción igual o superior al 45 %. El tramo al que llega una envolvente bien planteada | máx. 11.600 €/vivienda |
| Subvención del 80 %Reducción igual o superior al 60 %. Exige fachada, cubierta y carpinterías | máx. 18.800 €/vivienda |
| Complementos municipalesZonas acústicamente tensionadas, amianto (máx. 1.000 €/vivienda o 12.000 €/edificio) y hasta el 100 % en vulnerabilidad acreditada | +500 €/vivienda |
| Estado a agosto de 2026La parte que nadie escribe: el presupuesto de los ajuts está agotado y las solicitudes quedan en reserva, con ejecución prorrogada hasta el 31/12/2027. El plazo del Libro del Edificio venció el 30/06/2026 | Comprobar convocatoria |
Lo que una ITE no ve — y por qué eso nos importa
La ley es taxativa y conviene leerla antes de contratar a nadie: la inspección es visual y «en ningún caso tiene por objeto detectar vicios ocultos» (art. 7.1). Una ITE no destapa aluminosis, ni humedades ocultas, ni el estado de una cabeza de vigueta tras un falso techo. Lo que sí hace un técnico que sabe mirar es detectar el indicio — y cuando la inspección visual no basta, la propiedad está obligada a encargar catas o ensayos.
Ahí está nuestra diferencia. En una finca de los cincuenta a los setenta con forjado de viguetas, una fisura en el techo del último piso o un óxido expansivo bajo la bovedilla no son «una deficiencia importante»: son la señal de que hay que descartar cemento aluminoso. La mayoría de técnicos de ITE se despide justo ahí. Nosotros hacemos la cata, el test con laboratorio y el plan de seguimiento en el mismo despacho.
Y si detrás hay responsabilidad de alguien, eso ya no es una ITE: es un informe pericial, que también firmamos. Y si estás comprando, lo que necesitas antes de las arras es una inspección previa a la compra que mire tu piso.
ITE y aluminosis: mismo despacho, cero peloteo.
Precio cerrado, plazo garantizado
ITE
Precio cerrado por tramos de entidades — viviendas y locales; trasteros y aparcamientos no cuentan. Incluye visita, informe en el portal oficial, visado con validación de idoneidad y tramitación del certificado.
| Hasta 6 entidadesfincas pequeñas y unifamiliares obligados | 490 € |
|---|---|
| De 7 a 15 entidadesel caso más habitual en Barcelona | 690 € |
| De 16 a 25 entidadesincluye segunda visita si hace falta | 890 € |
| De 26 a 40 entidadesfincas grandes o con varios portales | 1.190 € |
| Más de 40 entidades1.190 € más 20 € por entidad adicional | desde 1.190 € |
| ITE urgenteinspección concertada e informe emitido en 5 días | +190 € |
| Informe de verificaciónel bienal o anual que exige el certificado provisional o cautelar | 290 € |
| Libro del edificiosi se encarga junto a la ITE | desde 590 € |
Lo que más nos preguntáis
¿Cuánto cuesta una ITE en Barcelona?
Desde 490 € + IVA hasta 6 entidades, y por tramos a partir de ahí; la escala está en la tabla de honorarios. El precio no está regulado, así que cada técnico pone el suyo — lo que casi nadie publica es qué incluye. El nuestro incluye visita, informe en el portal oficial, visado con validación de idoneidad y tramitación. El trámite no tiene tasas.
¿Cómo sé si mi edificio está obligado?
Por el año de construcción del Catastro. Si es de 1981 o anterior, ya está obligado. Si no consta, sirve el certificado final de obra o la licencia de primera ocupación. Tienes el calendario completo en esta página, y si nos mandas la dirección lo comprobamos nosotros sin coste, incluido si ya hay una ITE presentada.
Nos ha llegado una carta de la Generalitat que habla de 9.000 €. ¿Hay que pagarla?
No. La FAQ oficial lo dice: la carta es un aviso, no una sanción. Pero significa que el plazo ya venció y que hay exposición real a un expediente. La cifra sale del art. 118.4 de la Llei 18/2007, que permite sancionar una infracción grave dentro del tramo de las leves, de 3.000 a 9.000 €. Al recibirla lo que toca es encargar la ITE, no contestar la carta.
La ITE nos ha salido desfavorable. ¿Qué significa?
Que hay al menos una deficiencia importante, grave o muy grave. «Desfavorable» es una etiqueta de la aplicación oficial, no una categoría legal, y no equivale a suspenso. Hay que presentar la solicitud igualmente: solo se deniega si hay graves o muy graves con las cautelares sin ejecutar. Lo que cambia es la vigencia —6 o 3 años en vez de 10— y las verificaciones.
¿Estamos obligados a hacer las obras que dice el informe?
Las que subsanan deficiencias importantes, graves o muy graves, sí: con un certificado provisional o cautelar la propiedad no acredita el deber de conservación hasta que se ejecutan. Las leves y las recomendaciones de accesibilidad y sostenibilidad no son obligación derivada de la ITE. Es una distinción que vale dinero en la junta.
Hicimos la ITE hace meses y no la presentamos. ¿Sirve?
Solo si no han pasado 4 meses desde la emisión. Después caduca, la Agència dicta inadmisión y hay que rehacer la ITE entera, pagándola otra vez. Es el error más caro del proceso. Si tienes un informe sin presentar, mándanoslo y miramos la fecha.
Un vecino no deja entrar en su piso. ¿Nos libramos?
No. La obligación es de toda la comunidad y propietarios y ocupantes deben facilitar el acceso. La normativa no fija un porcentaje mínimo de entidades a inspeccionar: el técnico decide si lo visto basta y debe hacer constar el motivo de cada entidad no inspeccionada. Negarse no exime, y puede empeorar el resultado.
¿Hace falta la ITE para vender un piso?
Si el edificio está obligado, hay que entregar copia del informe y del certificado de aptitud. Es exigible desde el 1 de enero de 2016. Si el certificado se obtuvo por silencio o aún no puede obtenerse, se entrega el informe con acreditación de la fecha de presentación. Además, el administrador está obligado a facilitarte esa copia, y ese gasto no puede repercutirse al comprador.
Estoy comprando y la ITE es desfavorable. ¿Qué puedo hacer?
Tres cosas, y ninguna es firmar a ciegas. Pedir el informe y leer la calificación de las deficiencias, que es lo que distingue 2.000 € de una derrama de 4.000 € por vivienda. Saber que la ley permite exonerar expresamente al vendedor ante notario: no es una irregularidad, es un instrumento de negociación de precio. Y si la firma no puede esperar, el informe presentado con acreditación de fecha es una salida limpia.
¿La ITE detecta aluminosis o vicios ocultos?
No, y la norma lo dice literalmente: es visual y «en ningún caso tiene por objeto detectar vicios ocultos» (art. 7.1). Lo que sí hace un buen técnico es detectar el indicio y advertir de que hace falta una diagnosis — que la propiedad está obligada a encargar. En fincas de los cincuenta a los setenta ese indicio suele apuntar a cemento aluminoso, y esa parte la hacemos nosotros.
¿Y después de la ITE, ya está?
Casi nunca. Según el resultado quedan el Libro del Edificio, el programa de rehabilitación con su fondo de reserva, los informes de verificación cada 2 años o cada 12 meses, y la renovación antes de que caduque el certificado. Y ojo: sin verificaciones, el certificado pierde vigencia. Con cada ITE entregamos el cuadro con todas esas fechas.
¿Y si el edificio ya pasó el plazo y nadie hizo la ITE?
Se hace igual, cuanto antes mejor. El retraso no impide tramitarla y regularizar la situación; lo que sí puede traer es requerimiento municipal, sanción y problemas en la venta de cualquier piso de la finca mientras no haya certificado de aptitud vigente.
¿Tu edificio ya pasó los 45?
Dinos la dirección y el número de entidades y te pasamos presupuesto cerrado hoy mismo — y te decimos gratis si está obligado y si ya tiene ITE presentada.